Por: Montgomery Piedra Valencia
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Este planeta nómada que se desplaza a pasos de animal grande a través de la ciencia y la tecnología, también atraviesa el paisaje mental del Homo Sapiens, y en su afán por llegar a algún sitio, -es de suponer que el del capital acumulado sólo en algunos territorios y para algunos bolsillos-, transversaliza y pule cada día también, las formas de acceder al actuar y al placer mezquino e hipócrita, criticado, censurado y juzgado por las sociedades al margen del deterioro humano, pero en la que también algunos miembros de esas sociedades, contribuyen soterradamente y con golpes de pecho confesándose en la individualidad y en la colectividad camandulera “yo pecador”, después de haber participado activamente en una negociación en la cual el cuerpo humano de cualquier sexo, tiene precio de acuerdo a las transformaciones de la supervivencia y su desplazamiento por los territorios de la esclavitud, supuestamente condenada por esas criaturas inteligentes que habitan el planeta tierra. Y si no, miremos un aparte de esta sentencia de la Corte Constitucional de Colombia “1.5.1.2. Estima la juez de instancia, tras conocer la situación fáctica, que “no es jurídicamente posible amparar el derecho al trabajo y ordenar el reintegro porque si bien el ejercicio de la prostitución por sí misma no es un delito, se aclara que el contrato que tenga como objeto de prestación actividades sexuales se encuentra afectado por un objeto ilícito toda vez que dicho ejercicio es contrario a las buenas costumbres, razón que impide su protección por parte de este Despacho”.” (Sentencia T-629/10) Continuar leyendo...
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